CONGRESO DE AGUASCALIENTES REALIZÓ SU SEXTA SESIÓN PLENARIA

0
14

 -Diputadas y diputados avalaron reformas en materia de transparencia, justicia, ambiental, entre otros. 

Este jueves, se desarrolló la sexta sesión ordinaria de la LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes; y como primer punto del orden del día, la presidenta de la mesa directiva, diputa María de Jesús Díaz dio lectura a la Declaratoria de Validez Constitucional en materia de transparencia por la que se reforma la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, con el Decreto 169, aprobado en Sesión Ordinaria del Primer Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXV Legislatura del Estado, celebrada el 22 de septiembre de 2022. 

Acto seguido, se aprobó por mayoría el dictamen de la Comisión de Vigilancia que reforma diversos artículos de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes, la cual consiste en establecer la posibilidad de que la sociedad civil presente peticiones, propuestas, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas, que sean consideradas por el Órgano Superior de Fiscalización en el programa anual de auditorías.  

Siguiendo con el orden del día, las y los diputados avalaron por unanimidad del pleno legislativo el dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, así como de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, el cual reforma la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes. 

La modificación determina como prioritario y de interés público, los programas de vivienda a efecto de que el Gobierno del Estado otorgue insumos que generen impacto ambiental positivo ya la vez, apoyen el fortalecimiento de la economía familiar.    

De igual manera, se avaló por mayoría el dictamen de la Comisión de Desarrollo Social reforma la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes. 

El propósito de la iniciativa consiste en buscar regular que los programas y políticas públicas dirigidas a personas en condiciones de pobreza o sectores sociales vulnerables, siempre que tengan como fin erradicar cualquier rezago social, brindar bienestar colectivo y satisfacer cualquier necesidad básica del individuo. 

Al continuar con el desahogo de los asuntos del orden del día, se aprobó por mayoría el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que resuelve la Iniciativa por la que se reforman las Fracciones II y III del Artículo 53 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, que presentó el diputado Jaime González, a través de la cual se modifica la antigüedad mínima de la posesión del título de licenciatura en derecho, así como contemplar la posibilidad de tener título de licenciatura en derecho o título de abogado.  

ARTÍCULO PRIMERO. – Se Reforma la fracción II y se Deroga la fracción III del artículo 53 de la constitución, para quedar como sigue:  

Artículo 53.- Poseer Título de Licenciado en Derecho o Abobado, con una antigüedad mínima de diez años el día de la designación.  

En otro orden de ideas, se aprobó por mayoría el dictamen de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, que resuelve la iniciativa por la que se Adiciona un Capítulo VI al Título Noveno de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes; en materia de donación de órganos, presentada por la diputada Jetsy Sánchez, el objetivo de la iniciativa consiste en dar mayor visibilidad y preminencia a la cultura de la donación de órganos y tejidos, así como armonización legislativa de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes con la Ley General de Salud.  

Para sustentar la propuesta, la promotora de la iniciativa explicó en el documento que la donación de órganos consiste en el consentimiento táctico o expreso de la pesona para que en vida o después de su muerte, su cuerpo o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes. Es decir, existen dos tipos de consentimientos otorgados por la ciudadanía para donar órganos o tejidos.  

En seguida, se aprobó por mayoría el dictamen de la Comisión de Vigilancia que resuelve la iniciativa de reformas a la Ley de Ingresos del Municipio de Calvillo, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del 2022, la cual turnó el propio Ayuntamiento 

Con la modificación, se precisan los costos y gastos relacionados como consecuencia del financiamiento autorizado en su Ley de Ingresos, así como el destino de la inversión pública productiva conforme el clasificado por el objeto de gasto emititido por el Consejo Nacional de Armonización Contable; para quedar de la siguiente manera:  

En este sentido, se autoriza al Municipio para que gestione los servicios financieros con cualquier institución de crédito Integrante del Sistema Financiero Mexicano, que ofrezca las mejores condiciones de mercado, hasta por la cantidad de $19,700,000.00 (Diecinueve millones setecientos mil pesos 00/100M.N.), a la cual se podrá adicionar hasta el 0.15% del monto que se autoriza, para destinarse a los costos y gastos relacionados con la contratación del o los financiamientos, así como al o los fondos de reserva que deban constituirse, en términios de lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las entidades Federativas y de los Municipios.  

Acto seguido, el pleno aprobó por mayoría el dictamen acumulado de la Comisión de Justicia que resuelve las iniciativas de reforma a los Artículos 169 y 183 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, presentada por la diputada Leslie Figueroa, adhiriéndose las y los diputados y diputade Juan Ugarte, Laura Ponce, Karola Macías, María de Jesús Díaz, Nancy Macías, Nancy Gutiérrez, Genny López y el legislador con licencia, Juan Pablo Diosdado.  

Y también la iniciativa por la que se Adiciona el Artículo 169 Bis y se Reforma el Párrafo Tercero del Artículo 183 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, que presentó la diputada Juanis Martínez.  

El objetivo de las iniciativas consiste en sancionar a las y los servidores públicos que revelen o difundan imágenes o archivos de investigaciones y a quienes filtren, faciliten o permitan la difusión, transmisión, publicación, exposición, distribución, reproducción, comercialización, oferta o intercambio de imáegnes, audios videos, o documentos que vulneren la dignidad de las víctimas de delito y de fallecidos.  

Asimismo, se establece la creación del delito de “Ejercicio indebido del servicio público contra la administración de justicia”, encaminada a sancionar a las personas servidoras públicas que difundan o filtren información de la víctima.

 

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here