CONGRESO DE AGUASCALIENTES APROBÓ EN COMISIÓN DE SALUD ORDENAMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN INTEGRAL DEL SUICIDIO 

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  • Además, se aprobaron reformas a la Ley de Salud del Estado, con el propósito de establecer un sistema estatal de información básica en materia de salud con el uso de tecnologías de la información. 

Este día, sesionó la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes, que encabeza la diputada Vero Romo, y que la integran las diputadas Alma Hilda Medina, Leslie Figueroa y Mayra Torres; quienes aprobaron diversas reformas en materia de salud pública en el Estado.   

Como primer punto, las legisladoras aprobaron el dictamen que reforma la fracción III del artículo 83 BIS de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, presentada por la diputada Nancy Gutiérrez; el objeto de la iniciativa tiene como fin contemplar dentro de las acciones relativas a la prevención integral del suicidio, el deber de las autoridades de hacer recomendaciones a las autoridades municipales para capacitar a personal de salud, de seguridad pública, protección civil y personal de primer contacto ante emergencias, para detectar, atender, canalizar y dar seguimiento a personas con comportamiento suicida y a sus familiares. 

Acto seguido, las diputadas aprobaron la propuesta de decreto por el que se reforman diversas fracciones de los artículos 2, 9 y 105 de Salud del Estado de Aguascalientes, que planteó la diputada Mayra Torres y el entonces diputado Quique Galo. 

El objeto del decreto es establecer que los ciudadanos tienen derecho a la salud y que el Gobierno del Estado a través de sus dependencias, órganos y entidades, en el ámbito de sus respectivas competencias y de acuerdo con la capacidad técnica, recursos humanos y financieros disponibles, tienen la obligación de cumplir este derecho, garantizando su extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa.  

Además de dotar de mayores facultades a la Secretaría de Salud para que promueva e incorpore enfoques con perspectiva de género a estrategias, campañas y programas para contribuir a la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al derecho a la protección a la salud; y que implementen programas de atención médica de carácter preventivo.  

Así como el establecimiento de un sistema estatal de información básica en materia de salud, el uso de tecnologías de la información y la comunicación en los servicios de salud, determinar la periodicidad y características de la información que deben proporcionar las dependencias y entidades del sector salud.  

De igual manera, la propuesta tiene como objetivo hacer referencia a la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, sustituir el término invalidez por discapacidad, establece normas en cuanto al manejo y suministro de información de las dependencias, entes y entidades que manejen información en la materia, así como establecer el deber de la Secretaría de Salud de emitir normatividad con la finalidad de garantizar el procesamiento, interpretación y seguridad de la información contenida en los expedientes clínicos electrónicos. 

Finalmente, los puntos anteriores fueron remitidos a la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), para su trámite legislativo correspondiente. 

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